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La Abogacía del Estado pide al Supremo que permita a Junqueras ir al Parlamento Europeo a recoger su acta

Reclama que solicite a la mayor brevedad a la Eurocámara la suspensión de la inmunidad del exvicepresidente catalán

Oriol Junqueras, el pasado mayo en el Congreso de los Diputados. En vídeo, declaraciones de Casado pidiendo que se investigue la decisión de la Abogacía del Estado.Vídeo: Uly Martín | EFE
Reyes Rincón
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Un guiño a Oriol Junqueras y otro al Tribunal Supremo. El escrito presentado este lunes en el alto tribunal por la Abogacía del Estado respalda la salida de prisión del líder de ERC  para acudir a la Junta Electoral Central (JEC) y al Parlamento Europeo a cumplir con los trámites necesarios para tomar posesión de su escaño como eurodiputado. También, que el Supremo busque la fórmula para que Junqueras pueda ejercer ese cargo mientras mantiene la inmunidad. Pero la concesión a Junqueras termina ahí. La Abogacía insta a la Sala de lo Penal a pedir a la Eurocámara que levante ese blindaje y no propone, como reclama ERC, que se le deje mientras tanto en libertad, sino que salga “con las medidas de aseguramiento previstas”.

El escrito que ha presentado este lunes la Abogacía responde a la petición formulada por el Tribunal Supremo a las acusaciones del procés y a la defensa de Junqueras tras conocer la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que dictaminó que el líder de ERC gozaba de inmunidad desde que fue elegido eurodiputado. Estos escritos no vinculan al Supremo, que será el que decida en qué situación queda Junqueras y, para ello, puede seguir el camino que le marque alguna de las partes o diseñar su propia ruta.

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Pero la decisión de los republicanos de condicionar su apoyo a la investidura de Pedro Sánchez al informe de los servicios jurídicos del Estado ha disparado el peso simbólico de este texto. El escrito, de 16 páginas y firmado por la abogada Rosa María Seoane (que dirigió la acusación de la Abogacía en el juicio del procés), comparte algunas de las reclamaciones de ERC, como instar al Supremo a hacer posible que Junqueras ejerza como eurodiputado, pero no asume la tesis más favorable al líder independentista que han esgrimido su defensa y su partido desde que se conoció la sentencia del TJUE: que sea puesto en libertad y se anule la sentencia del procés.

La abogada del Estado admite que la sentencia europea ha dibujado un nuevo escenario, por lo que solicita al Supremo que respete la inmunidad de Junqueras como eurodiputado, pero sin cuestionar la sentencia del procés, por la que el líder de ERC fue condenado a 13 años de cárcel e inhabilitación por sedición y malversación. Entre las medidas posibles, Seoane considera que “cabría permitir” el desplazamiento de Junqueras a la Junta Electoral Central y a la sede del Parlamento Europeo. Además, pide al Supremo que haga posible que el exvicepresident ejerza como europarlamentario mientras se mantenga esta condición.

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Es decir, según la Abogacía, el Supremo debería permitir la excarcelación de Junqueras no solo para completar los trámites para tomar posesión de su mandato, sino también para ejercer el cargo. No obstante, Seoane reclama al tribunal que adopte “las medidas de aseguramiento” que considere más adecuadas para garantizar la labor parlamentaria de Junqueras sin poner en riesgo el cumplimiento de la condena por sedición. “Que la libertad de movimientos que en su caso pueda requerir el ejercicio de las inmunidades reconocidas, no pueda dar lugar a la fuga del penado”, advierte el escrito, que da “total validez” a la sentencia del procés. La Abogacía deja en manos del Supremo decidir si a Junqueras deberían concedérsele permisos penitenciarios para ejercer como eurodiputado o si, incluso, podría abrirse la puerta a la libertad vigilada. Seoane propone al alto tribunal que si tiene dudas, vuelva a preguntar a Europa.

Los servicios jurídicos del Estado cuentan con que el estatus de Junqueras como europarlamentario sea temporal, mientras la Eurocámara tramita la suspensión de su inmunidad. Una suspensión que la Abogacía pide al Supremo que solicite “a la mayor brevedad” al Parlamento Europeo, en aplicación del procedimiento que estableció el TJUE en su sentencia del 19 de diciembre. Solo cuando esto se produzca, el Supremo podrá, según Seoane,ejecutar la condena de inhabilitación, que el alto tribunal paralizó a la espera de la respuesta europea.

Tras estudiar el fallo de Europa, la Abogacía ha asumido que Junqueras sigue gozando de inmunidad como eurodiputado ya que, hasta el momento, la Junta Electoral Central (JEC), el órgano competente para dirimir todas las cuestiones relacionadas con la proclamación de candidatos a las elecciones europeas, no se ha pronunciado sobre la incompatibilidad de su condena con su condición de europarlamentario electo. Los servicios jurídicos del Estado abren en este punto la puerta a que la JEC haga lo que el PP y CS le han reclamado: que comunique a Parlamento Europeo que la sentencia del TJUE supone una causa de “incompatibilidad sobrevenida” que inhabilita a Junqueras para ser diputado.

 Papel de la Junta Electoral

 La JEC tiene previsto estudiar el asunto en su reunión de este viernes, pero la nueva doctrina establecida por la sentencia del TJUE pone en duda que el órgano electoral español tenga alguna capacidad de decisión sobre el estatus del líder de ERC como eurodiputado. Según el fallo europeo, esta condición se adquiere en cuanto se proclaman los resultados electorales y, a partir de ese momento, los miembros del Parlamento Europeo gozan de una inmunidad que, en principio, solo puede levantar la Eurocámara.

No obstante, el escrito de la Abogacía sugiere al Supremo que informe al Parlamento Europeo de la condena que pesa sobre Junqueras e invoque el artículo 3.6 del reglamento interno de la Eurocámara, que establece: “Una comisión competente velará por que las autoridades de los Estados miembros o de la Unión comuniquen sin demora al Parlamento cualquier información que pueda afectar a la elegibilidad de un diputado al Parlamento Europeo o a la elegibilidad o al orden de prelación de los sustitutos, mencionando cuando se trate de un nombramiento la fecha en que este surta efecto”. Esta vía podría dejar en manos de la Eurocámara la inmunidad de Junqueras eludiendo la tramitación y votación del llamado suplicatorio (el permiso necesario del parlamento para actuar contra un diputado)

Mientras la inmunidad sigue vigente, la decisión de qué efecto tiene sobre la situación de Junqueras la sentencia del TJUE la tiene que tomar el Supremo, pero la representación del Estado advierte de que el TJUE ha dado varias claves que deben orientar la repuesta del alto tribunal. Para la Abogacía, esos efectos no deben limitarse a permitir al eurodiputado desplazarse al Parlamento Europeo para tomar posesión de su cargo, sino que la inmunidad reconocida tiene como finalidad expresa que los miembros de esa Cámara “puedan dar cumplimiento a su misión”, según el artículo 343 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que invoca Luxemburgo. La Abogacía deja en manos del Supremo cómo se propicia que Junqueras desempeñe esa misión, que no se circunscribe únicamente a ese desplazamiento a la JEC y al Europarlamento para asumir el escaño, sino que implica “el desempeño de su función representativa en tanto mantenga su estatus parlamentario”.

Algunos cambios respecto a los anteriores escritos

La Abogacía del Estado mantiene en su último informe algunas de las tesis que había defendido en sus anteriores escritos sobre la inmunidad de Oriol Junqueras, pero enmienda otras. Este órgano había presentado hasta ahora dos textos sobre cómo actuar tras la elección del líder de ERC como eurodiputado, pero ambos se hicieron cuando estaba en prisión preventiva, no encarcelado por sentencia firme como está ahora, y antes de que el TJUE reconociera a Junqueras su condición de eurodiputado.

La Abogacía ha mantenido su decisión principal: que se permita a Junqueras acudir bajo vigilancia a tomar posesión de su cargo. Los servicios jurídicos del Estado fueron en junio la única acusación que se mostró favorable a que el líder de ERC pudiera salir de la cárcel y hoy sigue abanderando en solitario esta postura. En el otro extremo, la Fiscalía y Vox han pedido al Supremo que no dé permiso para salir de prisión al líder independentista.

En lo que sí ha cambiado la Abogacía es en reconocer la inmunidad de Junqueras, pero explica que lo hace en aplicación de la sentencia del TJUE. Europa ha fijado una doctrina que es de obligado cumplimiento y la propia Fiscalía ha asumido en su escrito el nuevo escenario. El ministerio público y la Abogacía coinciden también en pedir la suspensión de la inmunidad del líder de ERC.

El informe de los servicios jurídicos del Estado incluye también la asunción implícita de un error. En julio se opuso a que el Supremo preguntara al TJUE sobre la inmunidad de Junqueras, pero a la vista de la "novedosa y compleja" doctrina a la que ha dado lugar, la Abogacía admite que la decisión del tribunal del procés supuso "un acertado ejercicio".

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Sobre la firma

Reyes Rincón
Redactora que cubre la información del Tribunal Supremo, el CGPJ y otras áreas de la justicia. Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en EL PAÍS, donde ha sido redactora de información local en Sevilla, corresponsal en Granada y se ha ocupado de diversas carteras sociales. Es licenciada en Periodismo y Máster de Periodismo de EL PAÍS.

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