Tribunales
Caso Gürtel

El extesorero Álvaro Lapuerta no se sentará en el banquillo de la Gürtel

La Audiencia Nacional archiva la acusación contra el anciano extesorero del Partido Popular por "demencia sobrevenida"

El extesorero Álvaro Lapuerta no se sentará en el banquillo de la Gürtel.EFE

Madrid

La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado el archivo de las actuaciones contra el predecesor de Bárcenas en la tesorería del PP, Álvaro Lapuerta, por "demencia sobrevenida hasta que recobre la salud".

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La Sala explica que ha quedado "debidamente acreditado" el mal estado del extesorero, después de analizar los informes aportados por la parte, y también por los peritos forenses de la Audiencia Nacional.

Con esta decisión, Lapuerta, de 87 años de edad, no tendrá que sentarse en el banquillo del juicio de la Época I de la Gürtel, que comienza el próximo 4 de octubre, en el que la Fiscalía le reclamaba 3 años de cárcel por apropiación indebida, al utilizar dinero negro de la contabilidad b para comprar acciones de Libertad Digital. De no mejorar su estado de salud, tampoco será juzgado por el caso de la caja b del PP, en el que le piden otros 5 años de prisión.

Según cinco jueces, tres fiscales Anticorrupción y un abogado del Estado, Álvaro Lapuerta "gestionaba" junto con Luis Bárcenas la contabilidad paralela nacional del Partido Popular, y según la declaración de este último, gustaba de llevar personalmente en "una caja de puros" los sobresueldos a sus dirigentes, y también a los ministros en sus despachos.

Según Bárcenas, su jefe Álvaro Lapuerta firmaba con "visés" los documentos de la contabilidad paralela y recibía a los empresarios que aportaban donativos a la caja negra del partido. Después, aunque no reclamaba adjudicaciones directas para los donantes, sí que insinuaba a los responsables que les ofrecieran un buen trato.

En otro auto, la Sala ha acordado la misma medida y por idéntico motivo respecto del empresario Rafael Naranjo Anegón, de conformidad con los informes aportados por los peritos de la Audiencia Nacional y de parte, así como la declaración de incapacidad tramitada por el Juzgado de Primera Instancia 65 de Madrid.

 
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